Chile adoptó en el 2015 la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. A partir del 2016, decidió crear el Consejo Nacional para la Implementación de la Agenda 2030 mediante el Decreto Supremo Nro 49 del 14 de abril de 2016. Este Consejo se encuentra presidido por el Ministerio de Relaciones Internacionales, además de contar con la participación de otros Ministerios: el de Economía, Fomento y Turismo, el de Medio Ambiente y el de Desarrollo Social y Familia. Este último, se desempeña también como Secretaría Técnica del Consejo.
La función del consejo es asesorar al Presidente de la República en la implementación y seguimiento de la Agenda 2030, además de trabajar las instancias de coordinación a nivel internacional y regional y articularse con otras entidades gubernamentales y actores del sector pública, privado y de la sociedad civil.
La estructura se completa con una serie de Comisiones (social, ambiental y económica) para el estudio de avances y compromisos en torno a los ODS y Grupos de Trabajo Técnico-Sectoriales (de los ODS 16 y 17), de participación multiactoral.
Adicionalmente, se desarrolló e implementó un plan de difusión, diálogo y participación, acompañado de un sistema de seguimiento de los avances en la Agenda 2030 y el desarrollo de una plataforma web: www.chileagenda2030.gob.cl
Durante el segundo semestre del 2018, sin embargo, las autoridades chilenas decidieron llevar adelante un proceso de redifinición de la institucionalidad a través de la actualización del Decreto Supremo mencionado anteriormente. Los principales elementos del nuevo acuerdo (Decreto Nro 67 de 2019) son:
- La incorporación del Ministerio Secretaría General de la Presidencia (SEGPRES) al Consejo Nacional, dadas sus funciones de coordinación interministerial y priorización de acciones, en el marco de la implementación de la Agenda 2030 en Chile
- La creación de un Grupo Intersectorial, compuesto por los Subsecretarios correspondientes a cada una de las Secretarías de Estado integrantes del Consejo, encargado en lo fundamental de coordinar la llamada Estrategia de Implementación de la Agenda 2030
- El mandato para proponer una Estrategia de Implementación de la Agenda 2030 en el país, a ser aprobada por el Presidente de la República.
- La delimitación de roles de la Secretaría Técnica. Entre otras funciones, y fuera de las labores secretariales del Consejo, asume la elaboración del Informe Nacional sobre ODS; la coordinación técnica con las Agencias de Naciones Unidas correspondientes para contar con su colaboración en la elaboración del Informe Nacional; la coordinación de las reuniones del Consejo y del Grupo Intersectorial; la definición de la metodología, previa aprobación del Grupo Intersectorial, para la implementación de las Comisiones y otras instancias; y la coordinación del Grupo Técnico de Indicadores de la Agenda.
- La creación de la Red Nacional Agenda 2030, compuesta por contrapartes pertenecientes a cada órgano del Estado, con el objetivo de establecer puntos de enlace y comunicación con el Grupo Intersectorial, coordinada por SEGPRES.
Seguimiento de la Agenda 2030
El Consejo Nacional cuenta con un sistema de seguimiento y monitoreo de la Agenda 2030 a nivel nacional y regional.