Ministerio de Planificación y Presupuesto de Brasil

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  • Gobierno
Brasil

El Ministerio de Planificación y Presupuesto, órgano del gobierno federal, es responsable de las siguientes materias:

I - preparar subsidios para la planificación y formulación de políticas públicas de largo plazo dirigidas al desarrollo nacional;
II - evaluar los impactos socioeconómicos de las políticas y programas del gobierno federal y preparar estudios especiales para la reformulación de políticas;
III - preparar estudios e investigaciones para monitorear la situación socioeconómica y gestionar los sistemas cartográficos y estadísticos nacionales;
IV - preparar, monitorear y evaluar el plan plurianual de inversiones y los presupuestos anuales;
V - posibilitar nuevas fuentes de financiamiento para los planes gubernamentales; y
VI - formular directrices, monitorear y evaluar el financiamiento externo de proyectos públicos con organizaciones multilaterales y agencias gubernamentales.

 

Entre los organos específicos del ministerio se encuentra La Secretaría Nacional de Planificación

 

A. La Secretaría Nacional de Planificación es responsable de:

I - coordinar y gestionar el Sistema Federal de Planificación y Presupuesto, lo que implica la orientación, coordinación y supervisión técnica de los órganos de planificación sectorial;
II - coordinar la elaboración de la planificación gubernamental a largo plazo y los estudios prospectivos;
III - elaborar, supervisar y evaluar el plan plurianual, reforzando su relación con las leyes de presupuesto y otros instrumentos de planificación;
IV - promover la coordinación entre órganos y entidades para elaborar la planificación y realizar el seguimiento y evaluación de las políticas públicas, en colaboración con la Secretaría de Seguimiento y Evaluación de Políticas Públicas y Asuntos Económicos;
V - promover la coordinación con los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, buscando alinear los planes locales con la planificación nacional;
VI - promover la coordinación con los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, buscando la compatibilidad de estándares y el desarrollo de proyectos relacionados con la planificación y gestión territorial;
VII - coordinar la formulación y gestión de agendas transversales y multisectoriales, integrándolas con los objetivos y metas expresados ​​en el plan plurianual y otros instrumentos de planificación;
VIII - promover la participación social en los procesos de planificación y evaluación de políticas públicas y en el proceso de planificación gubernamental;
IX - promover la coordinación con actores de la sociedad para formular la estrategia nacional de desarrollo a largo plazo;
X - asegurar la alineación entre las propuestas del plan y la defensa de los derechos de las mujeres, personas negras, pueblos indígenas, personas con discapacidad, personas LGBTQIA+ y otros grupos minoritarios;
XI - apoyar, cuando corresponda, la marcación de programas y acciones en el plan plurianual y en los presupuestos para facilitar su integración y seguimiento; y
XII - participar, en el ámbito del Ministerio, en la elaboración de estudios o propuestas relacionados con la modernización del Estado y la planificación y presupuestación gubernamental.

 

A.1 - El Consejo de Coordinación del Sistema de Planificación es responsable de:

I - orientar, coordinar y supervisar técnicamente los órganos de planificación sectorial que forman parte del Sistema Federal de Planificación y Presupuesto instituido por la Ley nº 10.180, de 6 de febrero de 2001;
II - desarrollar estudios e investigaciones para definir, producir manuales y mejorar continuamente la metodología y los procesos de elaboración, seguimiento, evaluación y revisión del plan plurianual;
III - promover la integración entre los instrumentos de planificación y entre estos y el ciclo presupuestario, en conjunto con la Secretaría Federal de Presupuesto;
IV - proporcionar a la Secretaría Nacional de Planificación los conocimientos, habilidades y procesos necesarios para llevar a cabo sus actividades;
V - organizar premios, cursos, estudios, investigaciones y publicación de artículos sobre planificación, políticas públicas y desarrollo económico y social sustentable;
VI - apoyar la organización de eventos sobre planificación, políticas públicas y desarrollo económico y social sustentable;
VII - organizar grupos de discusión sobre temas asociados a la planificación, políticas públicas y desarrollo económico y social sustentable; y
VIII - coordinar el desarrollo y mantenimiento de los sistemas de información necesarios para las actividades de la Secretaría Nacional de Planificación.

 

La Secretaría Nacional de Planificación a parte del Consejo de Coorinación cuenta con las siguientes directivas

 

A.2 - La Dirección de Planeación a Largo Plazo es responsable de: I - coordinar la elaboración de la planeación nacional a largo plazo; II - elaborar estudios prospectivos y análisis de escenarios; III - proponer y supervisar la implementación de una estrategia de desarrollo para el país; y IV - promover la armonización e integración de los planes sectoriales a largo plazo.

 

A.3 - La Dirección de Programas de Infraestructura y Ordenamiento Territorial es responsable de: I - orientar, coordinar y supervisar la elaboración de programas, el seguimiento y la evaluación relacionados con la infraestructura y la planificación territorial; II - elaborar estudios y proyectos que contribuyan a mejorar los procesos de planificación, gestión y análisis de las políticas y programas de infraestructura y planificación territorial; III - representar a la Secretaría Nacional de Planeación o, a solicitud de la Secretaría Ejecutiva, al Ministerio en grupos de trabajo, comités, comisiones y consejos relacionados con la infraestructura y la planificación territorial; IV - promover la incorporación de la dimensión territorial en los instrumentos de planeación; V - promover, en conjunto con los estados, el Distrito Federal y los municipios, la elaboración de estudios sobre la dimensión territorial de la planeación; y VI - promover, en asociación con otras agencias y entidades, el desarrollo y mantenimiento de un sistema de información de datos geoespaciales.

 

A.4 - La Dirección de Programas Sociales, Áreas Transversales y Multisectoriales y Participación Social es responsable de: I - guiar, coordinar y supervisar los planes sectoriales para los temas programáticos sociales, transversales y multisectoriales; II - promover la participación social en los procesos de planificación y evaluación de políticas públicas; III - conducir los procesos de planificación estratégica sectorial y gestionar agendas transversales y multisectoriales, integrándolas con los objetivos y metas expresados ​​en el plan plurianual y otros instrumentos de planificación; IV - promover la preparación y discusión de estudios prospectivos; V - proponer una estrategia de desarrollo para apoyar y dirigir la preparación de programas y proyectos en el plan plurianual; VI - asegurar la alineación entre las propuestas del plan y la defensa de los derechos de las mujeres, las personas negras, los pueblos indígenas, las personas con discapacidad, las personas LGBTQIA+ y otros grupos minoritarios; y VII - representar a la Secretaría Nacional de Planeación o, a solicitud de la Secretaría Ejecutiva, al Ministerio en grupos de trabajo, comités, comisiones y consejos relacionados con los temas de programas sociales, áreas transversales y multisectoriales.

 

A.5 - La Dirección de Programas para Áreas Económicas y Especiales es responsable de: I - orientar, coordinar y supervisar la preparación de programas, el seguimiento y la evaluación relacionados con los programas relacionados con las áreas económicas y especiales; II - desarrollar estudios y proyectos que contribuyan a la mejora de los procesos de planificación, gestión y análisis de políticas y programas relacionados con las áreas económicas y especiales; y III - representar a la Secretaría Nacional de Planeación o, a solicitud de la Secretaría Ejecutiva, al Ministerio en grupos de trabajo, comités, comisiones y consejos relacionados con los programas en las áreas económicas y especiales.

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