Decreto Ejecutivo 34694-PLAN-H de Costa Rica
El Decreto Nº 34694-PLAN-H “Reglamento para la Constitución y Funcionamiento del SNIP de las Normas Generales y Definiciones” publicado el 22 de agosto de 2008, crea el Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), y establece que el mismo forma parte del Sistema Nacional de Planificación y su implementación y operación estará a cargo del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), con el objetivo de lograr una utilización óptima de los recursos públicos para el cumplimiento de los objetivos estatales, apegado a los principios de economía, eficiencia, eficacia, gradualidad y calidad de la inversión.
- Este decreto determina como principales funciones de MIDEPLAN en calidad de órgano rector del SNIP:
- Orientar la inversión pública de todos los órganos y entes sometidos al SNIP.
- Organizar y desarrollar programas permanentes de capacitación para el personal profesional y técnico de las entidades públicas, en la aplicación de las técnicas y herramientas de formulación, evaluación y administración de proyectos de inversión, así como en la aplicación de las normas básicas, sus reglamentos y otros aspectos conceptuales y operativos necesarios para sustentar la operación del SNIP.
- Emitir las Normas Jurídicas y Técnicas, así como los Procedimientos de Inversión Pública.
- Proponer al Presidente de la República el Plan Nacional de Inversiones Públicas (PNIP).
- Poner en operación en forma gradual cada uno de los componentes del SNIP.
Se establece como órgano operativo a la Unidad de Inversiones Públicas (UIP) dependiente de MIDEPLAN, la cual se encarga de la administración y ejecución de todas las acciones pertinentes que posibiliten el correcto funcionamiento del SNIP.