ARTÍCULO 3. Objetivo. El objetivo del Sistema de Consejos de Desarrollo es organizar y coordinar la administración pública mediante la formulación de políticas de desarrollo, planes y programas presupuestarios y el impulso de la coordinación interinstitucional, pública y privada.
Decreto No.11-2002 Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural de Guatemala
Este decreto crea Establece el Sistema de Consejos de Desarrollo Urbano Rural.
Destacado
CAPÍTULO I. Naturaleza, Principios y Objetivo
Artículo 6, literal f
Dar seguimiento a la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos nacionales de desarrollo; verificar y evaluar su cumplimiento y, cuando sea oportuno, proponer medidas correctivas a la Presidencia de Organismo Ejecutivo o a las entidades responsables.
País
Fecha
Enero 2002
Tipo de instrumento
Decretos
Adjunto
Tema transversal