Ley 82 Declaración Jurada de Bienes de República Dominicana

Objeto 

Mediante esta ley se obliga a los funcionarios indicados en ella, a levantar un inventario detallado, jurado y legalizado ante Notario Público, de los bienes que constituyen su patrimonio al momento de tomar posesión de su cargo. Igual requisito deberán cumplir dentro del mes de haber cesado en sus funciones.