Ley General 28.411 del Sistema Nacional de Presupuesto de Perú
Art. XIV: Principio de Programación Multianual
El Proceso Presupuestario debe orientarse por el logro de resultados a favor de la población, en una perspectiva multianual, y según las prioridades establecidas en los Planes Estratégicos Nacionales, Sectoriales, Institucionales y en los Planes de Desarrollo Concertado.
País
Fecha
Diciembre 2004
Tipo de instrumento
Leyes y reglamentos
Tema transversal