A partir de la promulgación de la Ley 1.454 se formulan contratos plan entre regiones y la Nación. Esto supone la delegación de competencias de la Nación a las entidades territoriales, mediante contratos plan. Se trata de una nueva figura para la distribución flexible de competencias entre la Nación y las entidades territoriales, establecida en los términos del artículo 8° de la Ley del Plan Nacional de Desarrollo, según capacidad fiscal, técnica o administrativa, mediante alianzas estratégicas que permitan desarrollar proyectos de inversión entre los distintos niveles de gobierno.