Mecanismo de articulación/coordinación entre la planificación sectorial y territorial en Cuba

País

A nivel nacional:

 

El Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social hasta 2030 constituye el documento rector del sistema nacional de planificación del desarrollo en Cuba. Es un documento normativo de largo plazo, en el que se definen los propósitos, la estrategia general y las principales políticas del desarrollo nacional que orientan las demás acciones sectoriales y territoriales.

El Instituto de Planificación física (IPF) es el responsable del ordenamiento territorial de Cuba, a través de la Dirección de Ordenamiento Territorial y Urbanismo. El IPF está adscrito al Consejo de Ministros (Decreto 299 de 2009) y, según el Reglamento Orgánico del Instituto de Planificación Física (Acuerdo 7812 de 2015), tiene la Misión de “proponer y, una vez aprobada, dirigir y controlar Ia aplicación de Ia política del Estado y el Gobierno en materia de ordenamiento territorial, urbanismo, los aspectos del diseño y Ia arquitectura relacionados con este último, así como el catastro”.

El ordenamiento territorial se realiza a partir de diversos instrumentos entre los que se destacan los Esquemas de Ordenamiento Territorial y los Planes de Ordenamiento territorial y el Urbanismo, los cuales podrán ser Generales para todo el territorio, Especiales para algún aspecto que se requiera en particular y Parciales para territorios específicos. El Esquema Nacional de Ordenamiento Territorial es el instrumento articulador de las políticas y estrategias estatales. Guía el planeamiento nacional para una formulación integral de las políticas y planes sectoriales y los planes de desarrollo socioeconómico.

El Plan Nacional de Ordenamiento Territorial y el Urbanismo se formula a partir del Esquema Nacional de OT. Es un instrumento técnico y jurídico de la proyección y el diseño de la estructura territorial nacional y una vez aprobado es de obligatorio cumplimiento tanto para las personas naturales como jurídicas. Debe garantizar la coordinación del Ordenamiento Territorial y el Urbanismo con el plan de la economía y los programas y planes sectoriales, buscando la integración y conciliación de los intereses de desarrollo económico del territorio con las potencialidades y restricciones del mismo (Anteproyecto de Decreto-Ley de Planificación Física, 2001). Los Planes de Ordenamiento Territorial y el Urbanismo de carácter especial se refieren a zonas con regulaciones especiales, entre las que considera: (a) Zonas con Alta Significación Ambiental e Importancia Histórico-Cultural, (b) Zona de Desarrollo Económico y (c) Zonas de Interés para la Defensa y la Seguridad (Decreto Ley No.331 de 2015).

El Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente (CITMA) es el responsable de elaborar y proponer, en coordinación con los organismos que correspondan, la política ambiental y controlar su cumplimiento. La articulación del ordenamiento territorial con el ordenamiento ambiental está reglada por la Ley 81 de 1997 (Ley de Medio Ambiente) al establecer, en los Artículos 22 y 23 que “a fin de lograr el ordenamiento sostenible del territorio, el ordenamiento ambiental interactúa con el ordenamiento territorial, aportándole lineamientos, regulaciones y normas. El Ministerio de Economía y Planificación, en estrecha coordinación con el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y demás órganos y organismos pertinentes, desarrollará las acciones encaminadas a articular el ordenamiento territorial con los principios y objetivos establecidos en la presente Ley”.

A nivel intermedio:

El sistema de planificación territorial y urbana en Cuba contempla cuatro ámbitos territoriales:  nación, provincia, municipio y asentamientos poblacionales, siendo las provincias el nivel intermedio de gestión.

Corresponde a las Direcciones Provinciales de Planificación Física en coordinación con otros órganos y organismos competentes elaborar los Esquemas y Planes Provinciales de Ordenamiento Territorial y de Urbanismo presentándolos al Instituto de Planificación Física para su revisión técnica. Asimismo, deben asesorar, supervisar y aprobar la elaboración de los Planes Municipales de Ordenamiento Territorial y el Urbanismo.

Los Esquemas Provinciales de Ordenamiento Territorial establecen una propuesta de estructuración y organización físico espacial, formulando los criterios básicos para el plan provincial a mediano y largo plazo, a partir de las determinaciones del esquema nacional y de las políticas de ordenamiento territorial en su ámbito (Anteproyecto de Decreto-Ley de Planificación Física, 2001).

Los Planes Provinciales de Ordenamiento Territorial establecen a corto y mediano plazo las determinaciones para la estructuración y secuencia de actuación en ese ámbito y a su vez para la elaboración de los planes generales municipales y urbanos (Anteproyecto de Decreto-Ley de Planificación Física, 2001).