Sistema Nacional de Planeación Democrática de México

País
19_México_finalfinalok2-01 Evaluación F ormulación Implementación Ejecutivo FederalPresidente Secretaria de Hacienday Crédito Público Ejecutivo FederalPresidente Secretaria de Hacienday Crédito Público C ONGRESO C ONGRESO Gobiernosde losEstadosFederales PLANESDEACCIÓN A dmini s t r ación Pública Ce n t r al PRONAFIDEProgramaNacional de Financiamientodel desarrollo2013 – 2018 Planes de EvaluaciónAnuales(Marzo de cada año) Sistema deEvaluación yCompensaciónpor Desempeño C ONE V AL Cámara deDiputados PLAN NACIONAL DESARROLLO DE Aprobadopor Sistema Nacional dePlaneación Democrática

Formulación:

Será responsabilidad del Ejecutivo Federal conducir la planeación nacional, de acuerdo al plan de gobierno propuesto y enmarcado en la Ley de Planeación. Para la formulación, el Presidente de la República debe diseñar el plan y luego remitir al Congreso de la Unión, en el ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en las diversas ocasiones previstas por la Ley de Planeación, el Poder Legislativo formulará, las observaciones que estime pertinentes durante la ejecución, revisión y adecuaciones del propio Plan. La Ley establece un plazo máximo de seis meses para elaborar, aprobar y publicar el Plan Nacional de Desarrollo (PND), desde que asume la presidencia. Si bien, el plan considera una temporalidad acorde a la duración de cada gobierno, en 2015 se adicionó al artículo 21 de la Ley de Planeación, considerar una visión a largo plazo de la política nacional de fomento económico, con el fin de impulsar elementos permanentes al desarrollo nacional y al crecimiento económico, sostenido y sustentable. Para lograrlo, cada presidente deberá agregar y/o considerar elementos de largo plazo, con un horizonte de hasta 20 años para la política nacional de fomento económico.

Implementación

En cuanto a la Ejecución, será la Administración Pública quien coordine las distintas instancias de participación ciudadana, con ayuda de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público y las demás entidades paraestatales, con el fin de establecer una base de prioridades para crear políticas financieras, fiscales y crediticias,  elaborar, actualizar y ejecutar programas y estrategias, que serán integrados dentro del Plan Nacional de Desarrollo.

Monitoreo y evaluación

Para evaluar y monitorear el Plan Nacional de Desarrollo, la Ley de Planeación en su artículo 9 estipula que, el Ejecutivo Federal establecerá un Sistema de Evaluación y Compensación por el Desempeño para medir los avances de las dependencias de la Administración Pública Federal centralizado en el logro de los objetivos y metas del Plan y de los programas sectoriales que se hayan comprometido a alcanzar anualmente. Así como también, para compensar y estimular el buen desempeño de las unidades administrativas y de los servidores públicos.

Vinculación con la planificación sectorial

“El Plan Nacional de Desarrollo es, primero, un documento de trabajo que rige la programación y presupuestación de toda la Administración Pública Federal. De acuerdo con la Ley de Planeación, todos los Programas Sectoriales, Especiales, Institucionales y Regionales que definen las acciones del gobierno, deberán elaborarse en congruencia con el Plan.”

Vinculación con la planificación territorial

El proceso de planificación de México se articula a nivel central, es decir, lo delinea el Ejecutivo y a su vez, cada Estado Federal delinea sus propios planes federales.